"Prisión de la plaza de Puerto Rico, Junio 30 de 1813.
Señor presidente:
Tengo el honor de poner en manos de usted la adjunta representación, para que comunicándola sin retardo a S. M. en Cortes, consigan los afligidos habitantes de Venezuela la justicia que por ella solicitan, y la nación española las ventajas esenciales que deben resultarle, en beneficio de su naciente libertad.
El asunto es urgente y transcendental a todo el Continente americano, por cuya razón suplico a usted lo mire con el interés que merece, y si fuere debido, por el orden del nuevo Gobierno, pasándolo a los señores de la Regencia (con esta apología de mi parte), para su pronto despacho, pues en el estado de incomunicación en que me hallo, ni hay con quién consultar, ni medios tampoco para hacer las cosas con regular acierto. Imploramos por toda la benigna indulgencia de usted y queda con el respeto y consideración debida, de usted su atento servidor que s. m. b.,
Francisco de Miranda.
P.D. — Si tuviera usted la bondad de hacerme avisar en dos palabras el resultado de este negocio, viviré para siempre reconocido. —
[Al] Señor presidente de las Cortes generales y extraordinarias de España.
REPRESENTACIÓN
Señor: Dos poderosas razones me obligan a dirigir a V.M. directamente la adjunta representación. La primera, el que habiendo sido agente principal en la pacificación de Venezuela, celebrada el 29 de Julio del año próximo pasado de 1812, por medio de una capitulación solemne firmada entre el comandante general de las tropas de S.M., D. Domingo de Monteverde, a nombre de la nación española, y por mí, como generalísimo de la Confederación venezolana, tuvimos después la desgraciada suerte de verla infringir del modo más sorprendente y ultrajoso, sin que para ello se alegasen causas ni motivos que lo autorizaran; antes por el contrario, en una proclama que publicó dicho señor comandante al hacerse entrega de la capital de Caracas, el día 3 de Agosto subsecuente, habla en estos términos:
'Habitantes de Caracas. Una de las cualidades características de la bondad, justicia y legitimidad de los gobiernos es la buena fe de sus promesas y la exactitud de su cumplimiento.
El Gobierno actual de Caracas, fundado sobre estos principios, para él inalterables, se cree en la obligación de repetirlos, para vuestra tranquilidad... la generosa nación española, por mi medio, como su órgano, os concedió cuanto sabéis.
Habitantes de Caracas: Mis promesas son sagradas y mi palabra es inviolable. Oísteis de mi boca un olvido eterno, y así ha sido; los acontecimientos condenados a él ya están borrados de mi memoria... Creedme; la experiencia os convencerá.
Habitantes de Caracas: Vuelvo a repetirlo: mis promesas serán literalmente cumplidas; vivid tranquilos por este cumplimiento inviolable; descansad en la buena fe de quien llora con vosotros vuestros infortunios, y desea remediarlos, etc.
Domingo de Monteverde.' El resultado fue absolutamente por la inversa; y como se lee con exactitud en la representación adjunta a la Audiencia, número 1., ¿quién lo creería?
¿Y no parece realmente tan contradictorio procedimiento, como hecho de propósito para destruir las miras saludables y benéficas con que V.M., por un decreto de 19 de Octubre de 1810, y yo por esta capitulación, quisimos promover una sincera reconciliación y una paz sólida entre ambas partes, para beneficio de todos? precipitándoles tal vez en una desesperación que, encendiendo nuevamente la guerra, y aún con mayor fuerza, acabaría de arruinar estos infelices países, e hiciera inconciliables los resentimientos de aquellos habitantes con sus deudos y parientes de Europa?, las consecuencias parece eran infalibles, y así oigo decir ya que las disensiones intestinas brotan por varios puntos de tierra firme una guerra civil devoradora, que pronto acabará con todo, si en tiempo no se atajan semejantes males. Los únicos autores de ellos, y sobre quienes recae toda la responsabilidad, son, sin duda, los infractores de aquellos tan sagrados como benéficos pactos de la capitulación, como asimismo los que promueven la inobservancia de la nueva Constitución española, pues mucho más valdría el que no la hubiesen conocido jamás aquellos pueblos, que habérselas dado por pauta y garantía inviolable, para rehusársela después privándoles de unos tan esenciales como importantes derechos.
Sin embargo, al cabo de ocho meses de encierros y prisiones estrechísimas e insalubres, llegó a nuestros oídos la noticia de haber venido una Real orden para que se cumpliesen exacta y en todas sus partes dichas capitulaciones, con cuyo mandato se suspendieron (por acuerdo de la Audiencia, de 7 de Abril del presente año) todas las causas judiciales abiertas con este motivo. Pues por nuestra desgracia, fue siempre el errado concepto en que procedían capitán general y Audiencia, de que una capitulación cualquiera no debía cumplirse con insurgentes, aun por aquellos mismos que la hubiesen firmado y jurado su cumplimiento; comenzando cada uno a olvidar sus cuitas y reponer su salud y negocios, que por la mayor parte tenían, efectivamente, casi arruinados.
Pero, ¿qué diremos, señor, cuando tres meses después de este acuerdo y sin nuevo motivo que lo autorizase, permanecían aún en La Guaira y Puerto Cabello varias personas comprendidas en las capitulaciones, que no habían podido conseguir aún su libertad? Yo mismo, junto con otro oficial de graduación que se hallaba también en el castillo de este puerto, fuimos arrebatados el día 4 del corriente, en el silencio de la noche, y sin que nuestros amigos ni nadie de nuestros agentes tuviese la menor noticia, puestos a bordo de una pequeña embarcación y conducidos precipitadamente a Puerto Rico. El gobernador y capitán general de esta plaza, que nos recibió con bastante humanidad, nos informó (inquiriendo nosotros por la causa de esta deportación) que veníamos por orden del capitán general de Venezuela, para permanecer aquí en calidad de depósito hasta nueva orden, y sin más causa específica para ello. Yo le reconvine entonces con la Constitución por los artículos 287, 295, 299 y 300, pidiéndole permiso para representar a V.M., y él con franqueza me lo otorgó, siendo esta la primera vez que después de la infracción de la capitulación por el señor de Monteverde, haya podido reclamar ante la suprema autoridad de la nación estos graves asuntos.
La segunda razón es la violación escandalosísima de la Constitución en Venezuela por casi todas las autoridades, desde el momento mismo en que se promulgó hasta el día, y valiéndome del derecho que nos confiere el artículo 373 de ella, para reclamar su observancia, diré a V. M. que apenas queda una persona distinguida por su empleo, dignidad o talentos, en quien no se habrá visto violada la libertad personal del ciudadano, que tanto garantiza la Constitución, y que el mismo soberano juró, sobre todo, respetar. Aquí ocurre el caso de que, aun a despecho, o por mejor decir, contra lo que mandan las sagradas leyes constitutivas del Estado, se me envía de Venezuela a Puerto Rico. El artículo 262 dice: Todas las causas civiles y criminales, se fenecerán dentro del territorio de esta Audiencia; y si yo tengo causa judicial, ¿por qué vengo a Puerto Rico?; y si no la tengo, ¿por qué se me detiene? Pero esto sólo no es la infracción que de aquí resulta; el ser deportado por la voluntad del señor Monteverde y depositado en una cárcel pública, privado de comunicación, y en infracción de una capitulación formal, mandada observar puntual y literalmente por el soberano, es un hecho que destruye no solamente toda idea de libertad personal, sino que hará creer a todo el mundo que la subordinación y el respeto debido a las leyes constitucionales y a la soberanía no existen en estos países.
Ni parece natural tampoco el que unos hombres que por ocho meses consecutivos han estado procediendo en el errado concepto de que no debían cumplirse dichas capitulaciones, oprimiendo e injuriando a cuantos magistrados y personas distinguidas había en el país, vengan ahora a juzgar con imparcialidad en favor nuestro, y contra sus opuestas e injustas resoluciones anteriores. Esto, ni es natural, como llevo dicho, ni debemos esperarlo. Y en prueba de ello comienzan recientemente por expulsar del país, sin oírle, al principal y único representante del pueblo venezolano, que propuso, manejó y sancionó estas capitulaciones, a quien no se ha oído aún por una sola vez sobre el particular, habiendo dejado hablar, escribir y publicar a su salvo por más de once meses, a nuestro oponente infractor, sin que sepamos siquiera lo que produce o dice contra nosotros, para justificarnos o defendernos. Estos procedimientos me parece son más conformes con el Código inquisitorial, justa y sabiamente proscripto por V.M., que con la nueva Constitución española y los derechos sagrados de una nación libre.
Y así pido, señor, a nombre de los pueblos capitulantes de Venezuela, y del mío personalmente, que se nos oiga, en reclamación de nuestros derechos, honor y perjuicios; mas que esto sea ante hombres imparciales, y de ninguna manera nuestros infractores y opresores, por las razones que llevo expuestas anteriormente; bien sea pasando yo personalmente a España o al mismo Venezuela, ante los jueces que V.M. nombrase. A esto se agrega el que un sólo artículo que se añadió a dicha capitulación, y no vino a mis manos por cierto amaño sino pocos minutos antes de mi separación del mando, es subrepticio y no sancionado por mí; porque aunque es verdad que me lo remitió el comisionado nuestro como propuesto por el jefe español, no es cierto que yo le autorizase para firmarlo, ni mucho menos de que yo lo ratificase en desdoro de otros jefes militares españoles que yo respeto, y a quienes no tenía fundamento alguno para hacer esta injuria; y lo más singular del caso es que este sea el único artículo que el señor de Monteverde cumpliese en su dicha capitulación, dando por nulos todos los demás que no eran favorables, pues que por él se arrogaba un mando y autoridad que no le competían, y que sancionando V.M. el todo de la capitulación, lo quedó igualmente este ilegítimo artículo, origen acaso de cuantos males han sobrevenido después, y de que no se me haya permitido hablar aún hasta el día.
Mi adhesión a la libertad civil y política de los hombres es notoria, me parece, de muchos años a esta parte y, por lo tanto, me congratulo y doy las debidas gracias a V. M. por el inestimable servicio que ha conferido con la nueva Constitución a toda la nación española. Yo me considero en el día como uno de los españoles libres que sinceramente desean el triunfo y prosperidad de la verdadera libertad en ambos mundos, y tanto cuanto me desviaba antes del antiguo opresivo sistema, tanto más me acerco ahora al presente; en cuyo supuesto sufro pacientemente estas vejaciones y trabajos, que considero como otros tantos esfuerzos hechos en favor de la libertad, contra el genio arbitrario y díscolo de los que pretenden servirla sin entenderla, o que son tan limitados que equivocan los verdaderos hijos y defensores de ella con los secuaces serviles del despotismo. Los que hoy sirven la causa de la libertad española en Venezuela no son, ciertamente, hombres ilustrados en estos principios liberales; si lo fueran no hubieran obrado por ocho meses en el asunto de las capitulaciones como lo hicieron; y así creo que si se nombrasen otros de otra índole, la serenidad podría restablecerse, y la paz entablarse, en beneficio de la naciente libertad hispánica. Conteniendo, al misma tiempo, un derramamiento superfluo de sangre humana que no tiende en el día sino a destruirla. Hablo con ingenuidad, señor, y por el conocimiento íntimo que tengo de aquellos pueblos; las circunstancias del día han cambiado totalmente el estado de la cuestión; hoy queremos todos, europeos y americanos, ser libres e iguales en derechos; pues ¿por qué no nos unimos y reconciliamos prontamente? La causa debe de estar en los que mandan vejan y oprimen, en despecho de lo que disponen las Cortes y la sabia Constitución, que debe hoy, más que nunca, protegernos, consolar y reunir.
Quiera la Providencia divina dar a V.M. el acierto y auxilios indispensables para llevar a cabo una obra tan gloriosa y transcendental en beneficio de sus semejantes y para alivio y felicidad de todos los países y pueblos que componen la libre Monarquía española, iguales todos en derechos, y sin el vergonzoso y degradante yugo de la Inquisición, llevándoles así al eminente rango de hombres libres entre los demás pueblos de la tierra.
Se reduce esta reverente súplica a lo siguiente:
1. Que se nos cumplan las capitulaciones, como la tiene mandado V.M.
2. Que se nombren jefes imparciales para ello, y que no sean de los mismos infractores.
3. Que se observe y ejecute la nueva Constitución española, ya promulgada y jurada, en todo Venezuela.
Prisión de Puerto Rico, Junio 30 de 1813. —
Señor. —
Francisco de Miranda, ex generalísimo de Venezuela."